Desde el 1 de noviembre de 2007, es obligatorio para edificios de nueva construcción. Asimismo, edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2. .
Desde el 1 de junio de 2013, es también obligatorio que los edificios o viviendas existentes que se vendan o que se alquilen a un nuevo arrendatario, dispongan del certificado de eficiencia energética que debe emitir un técnico certificador.
Desde el 3 de junio de 2021 /según el Real Decreto 390/2021), se amplía el parque de edificios obligados a disponer del certificado de eficiencia energética siendo obligatorio para todos los edificios con una superficie útil total a 500m2 destinados a usos (administrativos, sanitario, comercial, residencial público, docente, cultural, actividades recreativas, restauración, transporte y deportivo). También los edificios o partes de edificios en los que se realicen reformas o ampliaciones y a los que deban realizar obligatoriamente la Inspección Técnica del Edificio o inspección equivalente.
Este certificado, que debe emitir un técnico certificador cualificado, evalúa la eficiencia energética del inmueble y determina la calificación correspondiente, la cual queda reflejada en la etiqueta energética que debe ser visible en toda acción comercial o publicitaria del inmueble.
¿Qué información da el CEE al usuario?
La certificación de eficiencia energética proporciona información útil al usuario final sobre el comportamiento energético del edificio o vivienda que quiere comprar o alquilar. A la vez, también sirve para ofrecer opciones al usuario de cómo mejorar la eficiencia energética, mediante las recomendaciones presentes en los certificados de eficiencia energética de edificios existentes.
¿Qué vigencia tiene el CEE?
El certificado de eficiencia energética tiene una validez máxima de 10 años, excepto en casos con calificación energética G, donde la vigencia se reduce a 5 años. Durante este periodo no es obligatorio renovarlo, salvo que se quiera volver a vender o alquilar el inmueble una vez caducado. Sin embargo, la propiedad puede solicitar una nueva emisión de manera voluntaria si se han realizado reformas o mejoras que puedan influir en la calificación energética y aportar más valor al inmueble.
¿Qué coste tiene la contratación de un técnico certificador?
El coste de la certificación será fijado por las ofertas existentes en el mercado. En primer lugar, hay que tener en cuenta que un técnico habilitado para hacer la certificación debe hacer una visita técnica al edificio o vivienda para recoger datos técnicos, después debe introducir esta información en uno de los programas informáticos reconocidos por el Estado para obtener el informe de certificación y, finalmente, debe hacer el trámite administrativo con el ICAEN, el organismo competente de la comunidad autónoma de Cataluña, responsable del control técnico y administrativo de los certificados y expedición de la etiqueta de eficiencia energética del edificio. El ICAEN también es el organismo responsable para habilitar un registro público de los edificios con certificado de eficiencia energética.
En este enlace podéis encontrar la relación de técnicos en el registro público de técnicos certificadores de eficiencia energética de edificios del ICAEN y los enlaces para facilitar que los promotores o propietarios que tengan que obtener la certificación energética de sus edificios o viviendas, puedan encontrar técnicos cualificados cercanos para poder contratar este trabajo.
Pide ayuda a un técnico de cabecera
Si quieres saber como obtener el Certificado de Eficiencia Energética para tu inmueble, ponte en contacto con un técnico de cabecera, quién te asesorará, acompañará y resolverá todas tus dudas.